Los costos que pueden deducirse del canon mensual de arrendamiento, son los siguientes: Cualquier mejora o adecuación que quede para beneficio del ARRENDADOR para lo cual, deberá ser autorizado por el ARRENDADOR cualquier trabajo al interior del inmueble, excepto aquellos relacionados con la colocación de lámparas y demás bienes muebles que no quedan adheridos al inmueble.