El Estado reconoce, regula y garantiza la propiedad intelectual adquirida de conformidad con la ley, las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina y los convenios internacionales vigentes en el Ecuador.
La propiedad intelectual comprende:
- Los derechos de autor y derechos conexos;
- La propiedad industrial, que abarca, entre otros elementos, los siguientes:
a) Las invenciones;
b) Los dibujos y modelos industriales;
c) Los esquemas de trazado (topografías) de circuitos integrados;
d) La información no divulgada y los secretos comerciales e industriales;
e) Las marcas de fábrica, de comercio, de servicios y los lemas comerciales;
f) Las apariencias distintivas de los negocios y establecimientos de comercio;
g) Los nombres comerciales;
h) Las indicaciones geográficas; e,
i) Cualquier otra creación intelectual que se destine a un uso agrícola, industrial o
comercial. - Las obtenciones vegetales.
AB. JUAN ARROYO C.
ASESORÍA EMPRESARIAL
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Fuente: Ley de propiedad Intelectual, art. 1. Codificación 13. Registro Oficial Suplemento 426 de 28-dic.-2006. Ultima modificación: 10-feb.-2014. Estado: Vigente