El Estado reconoce, regula y garantiza la propiedad intelectual adquirida de conformidad con la ley, las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina y los convenios internacionales vigentes en el Ecuador.
La propiedad intelectual comprende:
- Los derechos de autor y derechos conexos;
- La propiedad industrial, que abarca, entre otros elementos, los siguientes:
a) Las invenciones;
b) Los dibujos y modelos industriales;
c) Los esquemas de trazado (topografías) de circuitos integrados;
d) La información no divulgada y los secretos comerciales e industriales;
e) Las marcas de fábrica, de comercio, de servicios y los lemas comerciales;
f) Las apariencias distintivas de los negocios y establecimientos de comercio;
g) Los nombres comerciales;
h) Las indicaciones geográficas; e,
i) Cualquier otra creación intelectual que se destine a un uso agrícola, industrial o
comercial. - Las obtenciones vegetales.
AB. JUAN ARROYO C.
ASESORÍA EMPRESARIAL
CONTACTO: asesoriajuridica164@gmail.com
Fuente:
CODIGO ORGANICO DE LA ECONOMIA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS. Ley 0. Registro Oficial Suplemento 899 de 09-11-2016. Estado: Vigente