DERECHO MERCANTIL

El contrato de depósito

El depósito es un tipo de contrato por el cual una persona (depositante) entrega a otra(depositario) una cosa, para que la guarde, conserve y luego la devuelva. Es decir, la finalidad principal es guarda y custodia de la cosa, no implica el uso y administración sin autorización del depositante.

Características

Esta modalidad de contrato se encuentra regulado en el Código Civil en los arts. 2116 a 2162, y se caracteriza por ser un contrato real, gratuito, unilateral y principal:

Real. Por cuanto se perfecciona por la entrega que el depositante hace de la cosa al depositario.

Gratuito. El depósito propiamente dicho es gratuito. Si se estipula remuneración por la simple custodia de una cosa, el depósito degenera en arrendamiento de servicio, y el que presta el servicio es responsable hasta de la culpa leve; pero bajo todo otro respecto está sujeto a las obligaciones del depositario, y goza de los derechos de tal.

Unilateral. Se genera obligación solamente al depositario que está obligado a la restitución de la misma cosa o cosas individuales que se le han confiado en depósito, aunque consistan en dinero o cosas fungibles.

Principal. El depósito es principal en razón de que no necesita de otro contrato para subsistir.

Formas

Según lo señalado en nuestra normativa, el depósito se puede configurar en depósito propiamente dicho, depósito necesario y secuestro:

Depósito propiamente dicho. El depósito propiamente dicho es un contrato en que una de las partes entrega a la otra una cosa corporal y mueble, para que la guarde, y la restituya en especie a voluntad del depositante.

Depósito necesario. El depósito propiamente dicho se llama necesario, cuando la elección de depositario no depende de la libre voluntad del depositante, como en el caso de incendio, ruina, saqueo, u otra calamidad semejante.

Secuestro. Secuestro es el depósito de una cosa que se disputan dos o más individuos, en manos de otro que debe restituirla al que obtenga decisión judicial a su favor.

Bibliografía

CÓDIGO CIVIL LIBRO IV. Codificación 10 Registro Oficial Suplemento 46 de 24-jun-2005 Ultima modificación: 19-may-2011 Estado: Vigente.

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