Por Juan J. Arroyo C.
21/05/2018
En el Ecuador, el tema de la educación de altas capacidades es una innegable preocupación de las comunidades de aprendizajes. ¿Por qué? Porque la acción pedagógica no es suficiente para dar respuestas y atención adecuada a las diferentes manifestaciones intelectuales, praxiológicas, sociales y afectivas, que puedan presentar los estudiantes con cualidades diferenciadas a lo normal, lo que genera en muchos de los casos consecuencias graves en el desarrollo personal y profesional. En efecto, los estudiantes con altas capacidades imponen una educación inclusiva que atienda sus necesidades de aprendizaje, por lo que es importante contextualizar sus realidades, en procura de plantear alternativas adecuadas en beneficio de su formación.
Sobre el tema de altas capacidades existen diversidad de definiciones y conceptualizaciones, incluso categorías o clasificaciones de acuerdo al tipo de habilidad o capacidad, y en este caso se puede nombrar a los superdotados, talentosos, genios, prodigios, excepcionales, precoz, índigo… cada uno con sus características propias. Sus cualidades no son muy comunes, y se manifiestan en lo intelectual, social, espiritual, afectivo y aptitudinal. Por lo general, alcanzan el máximo de la expresión de la inteligencia humana, están dotados de talentos especiales innatos para llevar a cabo determinadas actividades, comprenden a un alto nivel, son curiosos, plantean preguntas fuera de lo común, son creativos, pueden ser hiperactivos, impulsivos, pocos sociales, afectivos, entre otras peculiaridades.
Es evidente los avances del país en temas de inclusión y capacidades especiales, con un buen ganado prestigio a nivel regional en la labor de ejecución de políticas sociales en beneficio de las personas con discapacidad en especial los programas Misión Manuela Espejo y Joaquín Gallegos Lara con indicadores positivos. Pero todavía hay una deuda con un grupo de personas, los niños, niñas y jóvenes con altas capacidades, sector con necesidades especiales que todavía no es atendido como lo manda las Leyes ecuatorianas para favorecer el desarrollo de sus potenciales.
Una deuda con el sector de altas capacidades que contrasta a lo estipulado en las leyes ecuatorianas, para citar: la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 343 establece que “El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura; Por su parte el artículo 48 de la LOEI, determina que “Las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con dotación superior tendrán derecho a la educación especial correspondiente a sus capacidades; El Reglamento General a la LOEI, publicado en el suplemento del Registro Oficial 754 de 26 de julio de 2012, en su artículo 228 establece que “Son estudiantes con necesidades educativas especiales aquellos que requieren apoyo o adaptaciones temporales o permanentes que les permitan o acceder a un servicio de calidad de acuerdo a su condición. Estos apoyos y adaptaciones pueden ser de aprendizaje, de accesibilidad o de comunicación. Son necesidades educativas especiales no asociadas a la discapacidad las siguientes: […] 3. Dotación superior: altas capacidades intelectuales […]”;y, el Acuerdo Ministerial 00080 del 29 de agosto de 2016del Ministerio de Educación establece direccionamientos para el tratamiento de los estudiantes con altas capacidades, con normativas de regulación de los procesos de detección y valoración, atención educativa, evaluaciones de aprendizajes y promoción aplicables a estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a la dotación superior (Altas capacidades) en el Sistema Educativo Nacional.
Ciertamente, los estudiantes con altas capacidades, como lo tipifica la normativa son sujetos con necesidades educativas especiales, con derechos garantes de su pleno desarrollo, pero este es un campo de acción poco abordado en el país, incluso son escasas las estadísticas y estudios que muestren sus realidades a nivel nacional, lo que no hace posible emprender acciones adecuadas de atención en el sistema educativo. Ellos están en las aulas, esperando por una atención que los incluya como seres con aspiraciones y necesidades dignas de ser atendidas.
Muy claro, la necesidad de promover una educación inclusiva también para los estudiantes con altas capacidades que atienda sus necesidades, para un pleno aprendizaje, participación y desarrollo en los centros educativos, y así evitar la inhibición de las potencialidades. Una educación inclusiva que genere procesos de educación en la diversidad, lo que implica hacer una profunda reforma de componentes curriculares, gestión organizacional, y de desarrollo de la acción pedagógica docente.
Una educación inclusiva con docentes competentes en lo pedagógico, social, afectivo y científico, que puedan educar en la diversidad, que sepan reconocer potencialidades y dificultades estudiantiles. En otras palabras, los estudiantes con altas capacidades necesitan verdaderos mediadores pedagógicos que sean orientadores de los aprendizajes y no transmisores de información, que promuevan el aprendizaje cooperativo como influencia positiva de fomento del espíritu solidario, con actitud no autoritaria, amabilidad y consideración para cada uno, formas agradables de buen trato, interés por los problemas de sus alumnos, capacidad de adaptación, y habilidad para la enseñanza.
Una educación inclusiva necesita la participación activa de los padres de familia, guiando y motivando para propiciar ambientes de confianza en los aprendizajes de altas capacidades, sin presión a los procesos de enseñanza, pero con gran compromiso de responsabilidad en el apoyo de la acción pedagógica de educación de sus hijos.
Una educación inclusiva demanda la participación del Estado ecuatoriano con inversión en capacitación, implementación de innovaciones pedagógicas, promover la investigación. Hay que trabajar para superar los obstáculos en el sistema educativo que no permiten una adecuada atención a los estudiantes con altas capacidades. Superar la poca preparación y conocimiento de los padres de familias, docentes y administradores educativos en el tema.
Necesitamos una educación inclusiva para altas capacidades con programas de trabajo a nivel nacional, direccionados por profesionales en el área, que orienten y capaciten a docentes, padres de familia, y administradores educativos, con el propósito desarrollar el máximo potencial de los niños, niñas y jóvenes, y hacer de este sector seres felices en su vida profesional y personal, con incidencias positivas en la sociedad.
Bibliografía
- Constitución de la República del Ecuador. Publicada en el Registro Oficial 20 de Octubre de 2008.´
- Ley Orgánica de Educación Intercultural. Registro Oficial N°417 (actualizado diciembre de 2016). Ministerio de Educación del Ecuador.
- Acuerdo Ministerial 00080 del 29 de agosto de 2016 del Ministerio de Educación del Ecuador.
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